Amenazas (delito o falta)
De Wikipedia, la enciclopedia libre
Las amenazas son un delito o una falta, consistente en el anuncio de un mal futuro que es posible, impuesto y determinado con la finalidad de causar inquietud o miedo en el amenazado.
Tabla de contenidos |
[editar] Definición
El mal ha de ser posible, en el sentido de que el destinatario puede tener motivos para creer en su verosimilitud. Que el mal sea impuesto significa que el amenazado no tiene control sobre los hechos que lo desencadenarán, por tanto, su culminación depende exclusivamente del sujeto activo. El hecho previsto ha de tener una clara repulsa social. Finalmente la determinación viene dada por la expresión cierta de un hecho. La amenaza tiene la finalidad de causar inquietud en el amenazado produciéndole un estado o un ánimo de miedo.
[editar] Características del delito de amenazas
- El bien jurídico protegido es la libertad de las personas y su derecho a la paz y la tranquilidad.
- La amenaza es un delito de simple actividad.
- El núcleo esencial del tipo es el hecho de anunciar un mal futuro con hechos, actitudes o palabras.
- El delito de amenaza se valora teniendo en cuenta las personas, hechos y circunstancias que rodean al caso.
- El dolo específico conlleva una voluntad inequívoca de ejercer una presión maliciosa sobre el sujeto pasivo que se concreta en un plan premeditado para atemorizar a la víctima.
[editar] Fuentes
- Centro de documentación del Consejo General del Poder Judicial español