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Conflicto de delimitación marítima entre Chile y el Perú - Wikipedia, la enciclopedia libre

Conflicto de delimitación marítima entre Chile y el Perú

De Wikipedia, la enciclopedia libre

Mapa de la zona de disputa según Peru. La línea recta horizontal corresponde a la línea del paralelo mantenida por Chile. Las líneas inferiores corresponden a las líneas de base reclamadas por el Perú en 2005
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Mapa de la zona de disputa según Peru. La línea recta horizontal corresponde a la línea del paralelo mantenida por Chile. Las líneas inferiores corresponden a las líneas de base reclamadas por el Perú en 2005
Enfoque de la zona reclamada por Peru en la zona de Arica. Las líneas de base llegan 265 metros al sur del Hito Nº1 de la Línea de la Concordia.
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Enfoque de la zona reclamada por Peru en la zona de Arica. Las líneas de base llegan 265 metros al sur del Hito Nº1 de la Línea de la Concordia.

El conflicto de delimitación marítima es una controversia diplomática entre las repúblicas de Chile y del Perú. Éste se inició algunos años atrás cuando el Perú, comenzó a reclamar el espacio marítimo comprendido entre el paralelo que cruza el Hito Nº 1, denominado "Orilla del Mar" y la línea bisectriz a las perpendiculares a las costas chilenas y peruanas que parte del "punto Concordia" en la línea de baja marea, ubicado algo más al suroeste, y se agravó, cuando el Congreso del Perú comenzó a tramitar un proyecto de ley sobre determinación de las líneas de base de dominio marítimo, las que son sucesiones de puntos que determinan donde termina el borde costero y, en consecuencia, empieza el mar territorial propiamente tal. Estas líneas de base establecen la anchura del dominio marítimo del Perú hasta la distancia de 200 millas marítimas, las que abarcarían unos 37.900 km² considerados como soberanos por parte de Chile. La mencionada ley fue aprobada y promulgada el 3 de noviembre de 2005.

Tabla de contenidos

[editar] Origen

Ni el Tratado de Ancón ni el Tratado de Lima se refieren a las fronteras marítimas entre Chile y el Perú. El Tratado de Lima de 1929, sin embargo, se refiere a que no habrá ninguna cuestión relativa a límites pendiente entre ellos. Otro punto, es la diversa interpretación del artículo segundo del Tratado de Lima, que dice:

"Artículo Segundo: El territorio de Tacna y Arica, será dividido en dos partes. Tacna para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas partes y, en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará "Concordia", distante diez kilómetros al norte del puente del Río Lluta, para seguir hacia el oriente paralela a la vía de la sección chilena del Ferrocarril de Arica a La Paz y distante diez kilómetros de ella, con las inflexiones necesarias para utilizar, en la demarcación, los accidentes geográficos cercanos que permitan dejar en territorio chileno las azufreras del Tacora y sus dependencias, pasando luego por el centro de la Laguna Blanca, en forma que una de sus partes quede en el Perú y la otra en Chile. Chile cede a perpetuidad a favor del Perú, todos sus derechos sobre los canales de Uchusuma y del Mauri, llamado también Azucarero, sin perjuicio de la soberanía que le corresponderá ejercer sobre la parte de dichos acueductos que queden en territorio chileno después de trazada la línea divisoria a que se refiere el presente artículo. Respecto de ambos Canales, Chile constituye en la parte que atraviesan su territorio, el más amplio derecho de servidumbre a perpetuidad a favor de Perú. Tal servidumbre comprende el derecho de ampliar los Canales actuales, modificar el curso de ellos y recoger todas las aguas captables en su trayecto por territorio chileno, salvo las aguas que actualmente caen al Río Lluta y las que sirven a las azufreras del Tacora.

Artículo Tercero: La línea fronteriza a que se refiere el inciso primero del artículo segundo, será fijada y señalada en el territorio con hitos, por una comisión mixta compuesta de un miembro designado por cada uno de los Gobiernos signatarios, los que costearán, por mitad, los gastos comunes que esta operación requiera. Si se produjera algún desacuerdo en la comisión, será resuelto con el voto dirimente de un tercer miembro designado por el Presidente de los Estados Unidos de América, cuyo fallo será inapelable." Tratado de Lima, 3 de junio de 1929

[editar] Acuerdos de 1952 y 1954

Wikisource
En Wikisource hay una copia de
Declaración sobre Zona Marítima.
Wikisource
En Wikisource hay una copia de
Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima.

Tras la reclamación por parte de los Estados Unidos de una zona de mar territorial, los diferentes Estados de América comienzan a seguir este ejemplo. El 23 de junio de 1947, durante el gobierno de Gabriel González Videla, Chile proclama como pertenecientes a la soberanía nacional los mares adyacentes a las costas del territorio chileno y el zócalo continental adyacente a las costas continentales e insulares, cualquiera que fuere su profundidad, dentro de la zona formada por la costa y "una paralela matemática proyectada en el mar a doscientas millas marinas de distancias de las costas continentales chilenas". De igual manera, el 1 de agosto de ese año, el gobierno del presidente peruano José Luis Bustamante y Rivero, declaró la soberanía del Perú sobre el mar adyacente a las costas del territorio peruano y la plataforma submarina o zócalo continental o insular adyacente a las costas continentales e insulares, cualesquiera que fuere su profundidad, en "una zona comprendida entre las costas y una línea imaginaria paralela a ellas y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas millas marinas, medida siguiendo la línea de los paralelos geográficos".

Otros países del continente realizaron reclamaciones similares, por lo que el Comité Jurídico Interamericano presentó el 30 de julio de 1952 el "Proyecto de Convención sobre Mar Territorial y Cuestiones Afines". El 18 de agosto siguiente, sería suscrita por parte de Chile, Perú y el Ecuador la "Declaración de Zona Marítima" en Santiago de Chile, que establece el reconocimiento de las 200 millas náuticas de cada país, cuya definición corresponde a un minuto de arco sobre el paralelo de la línea del Ecuador. El inciso IV de esta declaración afirma: "Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviese a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos".

En la zona fronteriza entre las zonas económicas exclusivas de los tres países se suscitaron diversos conflictos debido al constante paso de pescadores artesanales. Para evitar este tipo de problemas, Chile, Ecuador y Perú firman el "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima" en la ciudad de Lima, el 4 de diciembre de 1954. Este convenio es, según su texto, debido a que "se producen con frecuencia de modo inocente y accidental, violaciones de la frontera marítima entre los Estados vecinos", situaciones que se intentan regular con la creación de "una Zona Especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países".

El gobierno del Perú, en la resolución del Nº 23, de 12 de enero de 1955, que buscaba precisar la manera de determinar en los trabajos cartográficos y de geodesia la zona marítima peruana de 200 millas, expresó tal zona está "limitada en el mar por una línea paralela a la costa peruana" (punto 1) y que, de conformidad "con el inciso IV de la Declaración de Santiago, dicha línea no podrá sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto en que llega al mar la frontera del Perú" (punto 2).

Perú ratificó los acuerdos de 1952 y 1954 (la Declaración de Santiago y el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima) mediante la resolución legislativa Nº 12.305, del 6 de mayo de 1955. Esto se hizo efectivo con el decreto supremo del 10 de mayo y su publicación en el diario oficial El Peruano, el 12 de mayo siguiente. Por su parte, Ecuador lo ratificó en 1964 y Chile el 21 de septiembre de 1967.

El 22 de agosto de 1969 una comisión mixta chileno-peruana instaló una marca en el denominado Hito Nº1, debido a que el instalado tras el Tratado de 1929 estaba en malas condiciones debido al paso del tiempo. Este Hito Nº1 sería sobre el cual se proyectaría el límite marítimo de ambos países tal como es explicado en el acta de 1968 destinado a conformar la comisión para instalar el hito, donde se menciona: Reunidos los Representantes de Chile y del Perú [...] acordaron elaborar el presente documento que se relaciona con la misión que les ha sido encomendada por sus respectivos Gobiernos en orden a estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito número uno.

En 1972, Perú y Chile construyeron dos faros en el paralelo del Hito Nº1 los cuales lanzaban un haz de luz, como parte de la concreción de estos acuerdos. El faro peruano, sin embargo, fue retirado en diciembre de 2001, luego de que fuese dañado tras un sismo. Parte de los escombros cayeron al sur del paralelo, siendo recogidos por maquinarias peruanas sin autorización chilena. La Cancillería chilena presentó un reclamo a su similar peruano por ingresar a territorio chileno sin permiso aunque fuese por razones inocentes. Sin embargo, el diputado Iván Paredes presentó un reclamo pues supuso que el retiro del faro podría ser usado por el Perú para modificar el límite marítimo en el futuro, el cual no pasó a mayores.

[editar] Convención de Derecho del Mar

Durante la III Conferencia sobre el Derecho del Mar (1982), organizada por las Naciones Unidas, se aprobó la Convención de Derecho del Mar, en cuyo texto se establece:

Sin embargo, respecto a situaciones en las que las costas de los Estados son adyacentes, la convención señala la posibilidad delimitar el mar territorial mediante una "una línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mida la anchura del mar territorial de cada uno de esos Estados. No obstante, esta disposición no será aplicable cuando, por la existencia de derechos históricos o por otras circunstancias especiales, sea necesario delimitar el mar territorial de ambos Estados en otra forma". Chile, si bien fue uno de los países invitados a la firma de este convenio, sólo ratificó este tratado en 1997, mientras el Perú y Ecuador no lo han firmado a fecha de 2005.

Cabe destacar que al ratificar la Convención del Mar, Chile estableció reservas explícitas a la sección 2 de la misma (sobre Procedimientos obligatorios conducentes a decisiones obligatorias), de acuerdo al artículo 298, que faculta a los Estados a manifestar que no aceptan algunos de los procedimientos de solución de conflictos de delimitación marítima previstos en dicha convención. En este caso, el único organismo que tendría atribuciones para resolver este tipo de situaciones sería la Corte Internacional de Justicia.

[editar] Ley peruana de 2005

El 28 de octubre de 2005 fue presentado un proyecto de ley en el Congreso de la República del Perú que indicaba el establecimiento de líneas de bases para la definición del dominio marítimo de este país sobre el Océano Pacífico (Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú)

Estas líneas de base están basadas en trazos de 200 millas náuticas desde diversos puntos geográficos de la costa del Perú y de Chile. En el límite sur de esta frontera se produce un polígono, cuyos vértices son:

  • Vértice oriental, ubicado a 200 millas al suroeste de Punta San Juan, en la Región Tacna.
  • Vértice meridional, ubicado a 200 millas al noroeste de Pisagua, en la I Región de Tarapacá.
  • Vértice occidental, ubicado en la costa chilena, a 265 metros al sur del Hito Nº1.

Este polígono se superpone en 10.820 mi² al mar bajo administración chilena establecido por los acuerdos de 1952 y 1954, y se declara como territorio soberano del Perú. La ley peruana toma como base de este proyecto un punto denominado "Punto Concordia" que correspondería al límite entre Chile y Perú en la costa, definido por el Tratado de 1929. Este punto ubicado al sur del Hito Nº1 (también llamado "Orilla de Mar") en la línea de baja marea, sería desde el cual se proyectaría la línea media demarcando el mar territorial del Perú. La zona reclamada por el Perú, entre la costa, el paralelo del Hito Nº1 y el Punto Concordia correspondería a unos 16.000 m² terrestres.

Por 98 votos contra 0, el Congreso del Perú aprobó este proyecto el 3 de noviembre de 2005 y fue promulgado, por el Presidente Alejandro Toledo, el mismo día. Se publicó en El Peruano el 4 de noviembre de 2005, convirtiéndose en la Ley Nº 28.621.

[editar] Reacciones

Si bien Perú había insistido durante muchos años en que la delimitación marítima era un tema pendiente en la agenda bilateral entre ambos países, la presentación del proyecto de ley provocó sorpresa en el gobierno chileno, el que reaccionó respondiendo que esta afectaba la soberanía del país.

El gobierno chileno, encabezado por Ricardo Lagos, rechazó cualquier pretensión peruana sobre las aguas al sur del paralelo del Hito Nº1, opiniones que fueron apoyadas por todos los partidos políticos del país y por el Congreso Nacional de Chile, que aprobó un proyecto de acuerdo en apoyo a las actuaciones del Presidente Lagos. Como manera de concitar apoyo internacional, el ministro de la Secretaría General de Gobierno, Osvaldo Puccio, fue enviado a Brasil y Argentina para informar de la situación que ocurre entre ambos países. Además, durante la IV Cumbre de las Américas, Lagos analizó la situación con el Presidente George W. Bush. En Chile se considera que esta situación es parte de una maniobra del gobierno de Alejandro Toledo para aumentar el bajo apoyo a su gestión presidencial.

Ciertos medios de comunicación afirmaron durante el período más álgido de la disputa que las Fuerzas Armadas de Chile se estaban concentrando en la frontera norte y movilizando en caso del estallido de una guerra entre ambas naciones, lo que fue rápidamente desmentido por el Ministro de Defensa chileno Jaime Ravinet. Según él, las actividades militares chilenas en la zona son prácticas habituales.

Por su parte, Perú ha afirmado que la declaración de molestia del gobierno chileno son "expresiones inaceptables". Congresistas peruanos han afirmado que la aprobación de este proyecto de ley es un tema interno y que no tiene relación con la soberanía chilena. Además, no vulneraría tratados internacionales puesto que Chile y Perú nunca han firmado alguno sobre este tema. En medios locales, se afirma que el gobierno de Lagos ha sobredimensionado este tema como parte de una estrategia para apoyar la candidatura a la presidencia de Michelle Bachelet, la cual se encontraría bajando sus posibilidades de obtener la victoria en primera vuelta. Por otra parte, se considera que la estrategia del gobierno chileno de hacer partícipes a distintos países podría favorecer la exigencia boliviana de reconocer un mar territorial, ya que Bolivia ha recurrido en oportunidades anteriores a organismos como la OEA su reclamo de salida al Pacífico.

Bolivia y Ecuador que en un principio rechazaron involucrarse en el asunto al ser informados por Chile, cambiaron posteriormente sus posturas. Bolivia aseguró que era de suma importancia su participación como una nueva forma de buscar una solución a su conflicto de mediterraneidad, mientras que el Congreso del Ecuador mostró su molestia al Presidente Alfredo Palacio debido a la pasividad del Poder Ejecutivo ante este conflicto, previendo una futura modificación de su límite marítimo por parte del Perú.

Finalmente, el 2 de diciembre, se firmó un acuerdo entre los presidentes Lagos y Palacio que ratifica los acuerdos de 1952 y 1954, lo que generó la molestia del gobierno del Perú.

[editar] Efectos

La evolución de esta disputa podría provocar ciertos efectos en las relaciones diplomáticas entre ambos estados.

  • Administración de zona económica: la ley aprobada por el Congreso del Perú incluye como parte de ese país, una zona de entre 33.000 y 36.000 km² de una zona abundante de pesca, debido a los efectos de la Corriente de Humboldt. Chile es uno de los mayores exportadores de productos pesqueros en el mundo, y un tercio de su producción radica en la I Región de Tarapacá, mientras que el Perú es el segundo productor a nivel mundial.
  • Anillo Energético Sudamericano: los estados de América del Sur se han comprometido en la creación de un anillo entre estos países para la producción de energía y su suministro. Este proyecto que ha estado en tela de juicio debido a la inestabilidad política de Bolivia, se vería completamente imposibilitado en el caso de un conflicto mayor entre Chile y Perú.
  • Mediterraneidad de Bolivia: Chile ha indicado que la única posibilidad de solución para el problema de mediterraneidad de Bolivia, es una salida soberana al Océano Pacífico a través de un corredor entre el ferrocarril que une Arica con La Paz y la frontera con el Perú. Así, Bolivia podría tener un puerto en la costa al sur del actual Hito Nº1. Sin embargo, esta posibilidad tiene que ser consultada previamente con el Perú para su pronunciamiento, por lo establecido en artículo primero del Protocolo complementario del Tratado de Lima de 1929, que señala que no puede, sin previo acuerdo entre Chile y Perú, cederse a un tercer Estado la totalidad o parte de los territorios de Arica.

[editar] Argumentos

[editar] Argumentos de la postura chilena

  • El presidente peruano José Luis Bustamante y Rivero, declaró la soberanía del Perú sobre el mar "entre las costas y una línea imaginaria paralela a ellas y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas millas marinas, medida siguiendo la línea de los paralelos geográficos".
  • Los acuerdos de 1952 y 1954 están vigentes en ambos países y, de acuerdo a la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, tendrían la naturaleza de un tratado internacional. Si bien dicha convención no tiene efectos retroactivos (y sólo entró en vigencia el 27 de enero de 1980), ello no impide la aplicación de sus normas, en cuanto éstas se limiten a reconocer derecho internacional consuetudinario.
  • El 22 de agosto de 1969 una comisión mixta chileno-peruana instaló una marca en el denominado Hito Nº1, debido a que el instalado tras el Tratado de 1929 estaba en malas condiciones. Este Hito Nº1 sería sobre el cual se proyectaría el límite marítimo de ambos países tal como es explicado en el acta de 1968 destinado a conformar la comisión para instalar el hito, donde se menciona: "Reunidos los Representantes de Chile y del Perú [...] acordaron elaborar el presente documento que se relaciona con la misión que les ha sido encomendada por sus respectivos Gobiernos en orden a estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito número uno".
  • La Convención de Derecho del Mar indica que los acuerdos previos vigentes entre los Estados y, además, la existencia de derechos históricos, priman por sobre el establecimiento de la línea media contemplada por la misma convención.
  • Tras el acuerdo de Charaña, un proyecto presentado por el gobierno del Perú indica una cesión de "mar chileno" a una zona de soberanía compartida entre Bolivia, Chile y el Perú, al sur del paralelo del Hito Nº1.
  • Los ejercicios conjuntos de la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú han reconocido la zona al sur del paralelo indicado como territorio chileno.
  • El proyecto de ley del Perú no puede acogerse a la Convención de Derecho del Mar, de la cual todavía no forma parte y que indica que son sólo 12 millas de mar territorial y no 200, como afirma el proyecto.
  • Desde hace más de 50 años, en la práctica, Chile ha ejercido soberanía en el espacio marítimo reclamado por Perú, deteniendo a los buques pesqueros peruanos que han cruzado el paralelo.

[editar] Argumentos de la postura peruana

Wikiquote

Wikisource contiene documentos originales relacionados con Conflicto de delimitación marítima entre Chile y el Perú.

  • Chile y Perú nunca habrían firmado un tratado específico de límites marítimos.
  • El Perú se ha mantenido, durante varios años, explicando el problema en organismos internacionales como la OEA o la ONU.
  • En enero del año 2005, una comitiva de alto nivel viajó a Chile para exponerle al canciller Ignacio Walker que el Congreso del Perú aprobaría casi a finales de año, las leyes de líneas de base.
  • Cuando Chile estableció sus líneas de base, ningún país reaccionó al ser éste un procedimiento común, pero al hacerlo el Perú, se piensa que Chile lo malinterpretó.
  • La Constitución Política del Perú establece su soberanía marítima en 200 millas marinas desde las líneas de base.
  • La Convención de Derecho del Mar indica que, generalmente, en caso de diferencias entre dos estados sobre su límite marítimo, primaría el establecimiento de un línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base, por sobre líneas geográficas, como paralelos o meridianos.

[editar] Situación actual

En la práctica Chile sigue ejerciendo soberanía en el espacio marítimo reclamado por Perú, por lo cual la Armada chilena, en los casos que buques pesqueros cruzan el paralelo, procede en la forma habitual (detención, traslado hasta el puerto de Arica, confiscación de los productos obtenidos, imposición de una sanción pecuniaria y la deportación a su país de origen).

[editar] Véase también

[editar] Enlaces externos

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